Depósito judicial
Término funerario — definición y significado
Instalación donde se custodia el cuerpo del fallecido cuando existen circunstancias que requieren investigación judicial: muerte violenta, accidente, causas desconocidas. El levantamiento del cuerpo lo autoriza el juez o el médico forense. Mientras el cuerpo está en depósito judicial, la familia no puede acceder a él para el velatorio ni organizar el funeral. El tiempo en depósito depende de la celeridad judicial. Una vez autorizado el levantamiento, la funeraria recoge el cuerpo.
¿Sabías que?
En España, el médico forense tiene la obligación de estar disponible las 24 horas para acudir a los levantamientos de cadáver ordenados por el juez de guardia.