Registro Civil

Término funerario — definición y significado

Institución pública donde se inscriben los hechos vitales de las personas: nacimiento, matrimonio, defunción. La inscripción del fallecimiento debe realizarse en las 24 horas siguientes a la muerte y es obligatoria para poder proceder al entierro o cremación. La tramita habitualmente la funeraria. El Registro Civil expide el acta de defunción, que es el documento oficial que acredita legalmente la muerte. En España hay un Registro Civil en cada partido judicial.

¿Sabías que?

Desde 2021 Spain está modernizando el Registro Civil hacia un formato digital único y centralizado, lo que permitirá en el futuro realizar todos los trámites de forma telemática desde cualquier punto del país.

Términos relacionados

Acta de defunción
Documento oficial emitido por el Registro Civil que certifica legalmente el...
Licencia de enterramiento
Autorización administrativa necesaria para proceder al entierro o cremación. La...
Certificado de defunción
Documento médico que acredita el fallecimiento de una persona e indica la causa...
Tramita la inscripción de defunción