Junta funeraria

Término funerario — definición y significado

Organismo municipal que en algunos ayuntamientos supervisa los servicios funerarios del municipio y vela por el cumplimiento de la normativa y los derechos de los consumidores. No existe en todos los municipios. Tiene potestad para recibir reclamaciones de consumidores e investigar irregularidades en las funerarias que operan en su ámbito territorial. Su existencia es más habitual en grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia.

¿Sabías que?

Antes de la liberalización del sector funerario en 1998, muchos ayuntamientos tenían monopolio sobre los servicios funerarios y gestionaban directamente las funerarias municipales.

Términos relacionados

Derecho funerario
Conjunto de normas legales que regulan los servicios funerarios en España....
Funeraria
Empresa que presta los servicios necesarios tras un fallecimiento: recogida del...
Servicio funerario
Conjunto de prestaciones que ofrece una funeraria: recogida del cuerpo,...
Conoce tus derechos como consumidor